Depende. Para poder matricularse de asignaturas de tercero de carrera con asignaturas pendientes de segundo, pongamos por caso, deberá haber superado, al menos, el 50 % de los créditos del curso inmediatamente inferior; es decir, 30 créditos (ECTS) del curso segundo. Si no se alcanzare esta cifra, no podría promocionar a tercero y solo se le admitiría la matrícula para las asignaturas de segundo curso, siempre y cuando el número de créditos superados sea igual o superior a 12 ECTS. Además, si está en un curso superior con asignaturas pendientes del curso anterior, deberá matricularse de la totalidad de los créditos pendientes más al menos el 50 % de los créditos del curso siguiente. Todo esto se entenderá con mayor claridad en el siguiente ejemplo ilustrativo:

Ha de hacerse notar que solo se está aludiendo al proceso administrativo de formalización de la matrícula, y no se habla de la evaluación de las asignaturas, cuestión que no es competencia de la Secretaría. Con todo, conviene recordar que no se podrá evaluar al alumno en una asignatura si previamente no ha superado la correspondiente de igual denominación e inferior cardinal o aquella con la que tenga establecida prelación. Eso significa que, en determinadas circunstancias, puede aceptarse la matrícula de Piano 2.º y Piano 3.º en el bien entendido de que, aun estando matriculado, Piano 3.º no será evaluable si no se supera previamente Piano 2.º Conviene tener en cuenta estas cuestiones a la hora de planificarse personalmente el desarrollo de los propios estudios superiores de música. Según consulta realizada a la Dirección General de Universidades e Investigación, el sentido de estas normas es no llegar a cuarto de carrera con asignaturas pendientes de primero.