SOLICITUD, PLAZOS Y DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA

Sin perjuicio de que puntualmente se pueda solicitar reconocimiento de créditos a o largo de los estudios, como regla general el estudiante, en el momento de formalizar su primera matrícula en el centro, someterá a reconocimiento la totalidad de asignaturas y créditos superados en sus estudios oficiales previos. No obstante, podrá excluir de su solicitud aquellas asignaturas que estime oportuno. La documentación y la solicitud de reconocimiento se presentará junto con la documentación acreditativa para formalizar la matrícula.

El estudiante deberá realizar una solicitud al director/a del centro, conforme al modelo que se puede descargar en la pestaña Secretaría > Trámites > Impresos . Dicha solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación que se especifica en cada caso.

El centro supervisará la documentación presentada y se comunicará a los alumnos, bien por correo electrónico o en el tablón de anuncios la relación de alumnos que ha de completar la documentación, así como el periodo de subsanación de 10 días hábiles en que dicha documentación puede ser presentada.

En cualquier caso e independientemente del total de créditos reconocidos, solo se podrá formalizar la matrícula de aquellos que estén asignados a los cursos en los que, una vez aplicada la normativa de permanencia, matriculación y promoción, el alumno pueda quedar matriculado. El resto de créditos reconocidos no podran? ser matriculados y por lo tanto, serán incorporados al expediente del alumno pero no podrán aparecer en la certificación académica, hasta en tanto no se cumplan los requisitos exigidos por la citada normativa.

El estudiante solo deberá abonar los precios públicos correspondientes a los créditos de las asignaturas de las que desee matricularse, debiendo aplicarse automáticamente una exención de pago en aquellos créditos que, correspondiendo al curso o cursos de los que se matricula, hayan sido objeto de reconocimiento.