CRITERIOS DE PERMANENCIA Y PROMOCIÓN

 

1. Número mínimo de créditos de obligada superación por curso académico

Para la permanencia en los estudios, tanto de título de grado como de máster, se deberán superar al menos 12 créditos al término de cada curso académico.

 

2. Número máximo de matrículas y convocatorias por asignatura

Se podrá formalizar dos matrículas para la superación de cada una de las asignaturas que componen el plan de estudios. Cada matrícula dará derecho a dos convocatorias en el curso académico en el que se formalice.

Quien haya agotado las dos matrículas para una misma asignatura podrá presentar una solicitud motivada de matrícula excepcional ante el director del centro, a quien corresponderá decidir sobre la misma. El alumnado podrá solicitar matrícula excepcional una sola vez por asignatura, para un total de asignaturas que no superen el 15% del total de créditos ECTS que componen el plan de estudios. La concesión de matrícula excepcional se incorporará mediante diligencia al expediente académico.

La matrícula excepcional solo será de aplicación para el curso académico para el que sea concedida.

El alumnado podrá abandonar asignaturas optativas de las que se encuentre matriculado, independientemente de las convocatorias que haya consumido, y proceder a formalizar su matrícula en otras diferentes. En estos casos, dispondrá de nuevo de las dos matrículas que darán derecho a cuatro convocatorias. Este cambio en ningún caso implicará la devolución de los precios públicos abonados por la asignatura que se haya abandonado.

 

3. Promoción de curso

El estudiante deberá haber superado al menos el 50% de los créditos asignados a cada curso (30 ECTS) para poder efectuar la matrícula del curso inmediatamente superior. 

 

4. Número máximo de cursos académicos para la superación de los estudios

La permanencia máxima en los estudios será de siete cursos académicos, contados desde la primera matrícula en las enseñanzas correspondientes, incluyendo el periodo de realización y superación del trabajo fin de estudios.

En el caso de un máster de 60 ECTS, el número máximo de cursos académicos de permanencia en los estudios será de 3.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones anteriores supondrá la imposibilidad de proseguir los mismos estudios en cualquier centro público o privado autorizado de la Comunidad de Madrid.

Permanencia excepcional:

Una vez concluido el curso lectivo, así como el periodo de reclamación de calificaciones, podrán solicitar autorizaciones excepcionales aquellos estudiantes que se encuentren en alguno de los supuestos que se indican a continuación:

a. Estudiantes que hayan obtenido matrículas excepcionales para el 15% de los créditos del plan de estudios, en cuyo caso podría concederse otra matrícula excepcional para una sola asignatura, siempre que dicha asignatura no haya sido ya objeto de concesión de matrícula excepcional.

b. Estudiantes que hayan agotado la permanencia en los estudios (7 cursos), a quienes se les podrá permitir seguir cursándolos durante un solo curso académico más.

c. Estudiantes que hayan agotado todas las convocatorias de la última asignatura que deben superar antes de la defensa de su trabajo fin de grado o fin de máster, incluidas las correspondientes a la matrícula excepcional. En este caso se podrá conceder otra matrícula excepcional.

Solicitudes de autorización excepcional:

a. Las solicitudes deberán incluir los datos personales del estudiante, señalando cuál de las causas académicas señaladas motivan su solicitud. Ésta deberá ir acompañada de aquella documentación necesaria para la acreditación de las circunstancias excepcionales que se aleguen.

b. Aquellas solicitudes que no se ajusten a los supuestos anteriores serán inadmitidas, debiendo el secretario del centro comunicar por escrito al estudiante las causas de dicha inadmisión, en el plazo de 5 días desde la presentación de la solicitud. 

c. Los estudiantes podrán acudir una sola vez a la comisión de permanencia por cada título cursado en el centro, independientemente de las causas académicas o personales alegadas